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Líneas de financiación para PYME y autónomos

Por resolución de 25 de marzo de 2020, se aprueban las características del primer tramo de las líneas ICO para empresa y autónomos.

Esta línea consiste en el aval público de la financiación otorgada por entidades de crédito con el fin de paliar los efectos económicos del COVID-19, siendo el objetivo de la financiación continuar abonando salarios de empleados, el pago de las facturas a proveedores y el resto de las obligaciones de pago.

Estos avales serán gestionados a través del ICO y los importes correspondientes a lo quebrantos, ejecuciones por impagos y los gastos de gestión y administración del ICO correrán a cargo del Ministerio de Asuntos Económicos.

Requisitos

  • Tener domicilio social en España y haberse visto afectado por los efectos económicos del COVID-19.
  • Ser PYME: Ocupan a menos de 250 trabajadores y facturan menos de 50 millones de euros o activo de menos de 43 millones de euros
  • No figurar en situación de morosidad en consulta a los ficheros de CIRBE a 31 de diciembre de 2019.
  • No están sujeto a un procedimiento concursal a 27 de marzo de 2020, por haberlo pedido ya o por darse las circunstancias de que pudiera ser pedido por los acreedores.

Importes máximos de préstamo:

  • Hasta 1,5 millones de euros en una o varias operaciones. Se aplican las disposiciones en relación a las ayudas de minimis.

Análisis de riesgos y condiciones de elegibilidad

  • Se avalarán operaciones que hayan sido aprobadas por la entidad financiera conforme a sus políticas de riesgos, sin perjuicio de comprobaciones posteriores sobre sus condiciones de elegibilidad.

Porcentajes de aval, remuneración, plazos de formalización y vencimiento

  • Para PYMES y autónomos el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación.
  • Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.
  • El plazo del aval coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años.

Obligaciones de las entidades financieras

  • Las entidades decidirán sobre la concesión de la financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.
  • Los costes de los nuevos préstamos (tipo de interés) y renovaciones se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura.
  • Las entidades se comprometen a mantener al menos hasta el 30 de septiembre los límites previos de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes, especialmente a los que resulten avalados.

Documentación que debe aportarse para el estudio de la operación

  • Documentación que la entidad considere necesaria para estudio de la operación.
  • Declaración de ayuda de minimis.
  • Copia NIF
  • Escrituras o estatutos sociedades, para acreditar domicilio social.

 

 

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