Líneas de financiación para PYME y autónomos
Por resolución de 25 de marzo de 2020, se aprueban las características del primer tramo de las líneas ICO para empresa y autónomos.
Esta línea consiste en el aval público de la financiación otorgada por entidades de crédito con el fin de paliar los efectos económicos del COVID-19, siendo el objetivo de la financiación continuar abonando salarios de empleados, el pago de las facturas a proveedores y el resto de las obligaciones de pago.
Estos avales serán gestionados a través del ICO y los importes correspondientes a lo quebrantos, ejecuciones por impagos y los gastos de gestión y administración del ICO correrán a cargo del Ministerio de Asuntos Económicos.
Requisitos
- Tener domicilio social en España y haberse visto afectado por los efectos económicos del COVID-19.
- Ser PYME: Ocupan a menos de 250 trabajadores y facturan menos de 50 millones de euros o activo de menos de 43 millones de euros
- No figurar en situación de morosidad en consulta a los ficheros de CIRBE a 31 de diciembre de 2019.
- No están sujeto a un procedimiento concursal a 27 de marzo de 2020, por haberlo pedido ya o por darse las circunstancias de que pudiera ser pedido por los acreedores.
Importes máximos de préstamo:
- Hasta 1,5 millones de euros en una o varias operaciones. Se aplican las disposiciones en relación a las ayudas de minimis.
Análisis de riesgos y condiciones de elegibilidad
- Se avalarán operaciones que hayan sido aprobadas por la entidad financiera conforme a sus políticas de riesgos, sin perjuicio de comprobaciones posteriores sobre sus condiciones de elegibilidad.
Porcentajes de aval, remuneración, plazos de formalización y vencimiento
- Para PYMES y autónomos el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación.
- Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.
- El plazo del aval coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años.
Obligaciones de las entidades financieras
- Las entidades decidirán sobre la concesión de la financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.
- Los costes de los nuevos préstamos (tipo de interés) y renovaciones se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura.
- Las entidades se comprometen a mantener al menos hasta el 30 de septiembre los límites previos de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes, especialmente a los que resulten avalados.
Documentación que debe aportarse para el estudio de la operación
- Documentación que la entidad considere necesaria para estudio de la operación.
- Declaración de ayuda de minimis.
- Copia NIF
- Escrituras o estatutos sociedades, para acreditar domicilio social.
Sin comentarios
Sorry, the comment form is closed at this time.